Lima, 21 de septiembre de 2026. — La Corte Superior de Justicia del Callao (CSJCL) ha hecho entrega, en atención a una solicitud de acceso a la información pública (SAIP) el texto íntegro de los veintidós (22) prompts de inteligencia artificial generativa que utiliza institucionalmente para la redacción de actas de audiencias penales, aprobados mediante Resolución Administrativa N° 01286-2025-P-CSJCL/PJ, del 28 de octubre de 2025.

La documentación remitida por la Coordinación de la Presidencia de la CSJCL, comprende la resolución administrativa que institucionaliza los prompts, el Oficio N° 000279-2025-NCPP-GAD-CSJCL-PJ que sirvió de sustento técnico, y los veintidós archivos con los prompts aprobados en su versión 1.0.

El alcance de la iniciativa

Los prompts están destinados a instruir al modelo Gemini de Google para que, a partir de la transcripción de audio y video generada por Google Meet, produzca actas de audiencias penales conforme al artículo 361.2 del Código Procesal Penal. Se distribuyen entre los Juzgados de Investigación Preparatoria (17 prompts), los Juzgados Penales Unipersonales (3 prompts) y las Salas Penales de Apelaciones (2 prompts), abarcando audiencias tan sensibles como las de prisión preventiva, prolongación y adecuación de prisión preventiva, cese, impedimento de salida del país, control de acusación, terminación anticipada, juicio inmediato y apelación de sentencia, entre otras.

La CSJCL creó, en la misma resolución, una Comisión Especial de Innovación Tecnológica en Materia Penal integrada por su Presidente, dos magistrados, dos jefes de informática y el Administrador del Módulo Penal, con el objetivo de evaluar y formular herramientas tecnológicas jurisdiccionales para el período 2025-2026.

El análisis de IALAW

IALaw – Digital Lawyers, junto con Club IA Legal, ha desarrollado un análisis crítico de los veintidós prompts a la luz del ordenamiento peruano —la Ley N° 31814 y su Reglamento (Decreto Supremo N° 115-2025-PCM), la Ley N° 29733 de Protección de Datos Personales y el Código Procesal Penal— así como de los estándares internacionales aplicables: la Carta Ética Europea del CEPEJ (2018), la Recomendación UNESCO sobre Ética de la IA (2021), las Directrices UNESCO para el uso de sistemas de IA en tribunales y juzgados (2024), y la jurisprudencia comparada de la Corte Constitucional colombiana (Sentencia T-323/2024) y el Consejo de Estado de Colombia (2026).

Los principales hallazgos del informe son:

  • 15 de los 22 prompts configuran un uso de alto riesgo bajo el enfoque basado en riesgos del Reglamento de la Ley 31814, por incidir sobre la libertad personal, la libertad de tránsito, la cosa juzgada material o el deber de motivación reforzada exigido por el Tribunal Constitucional en supuestos de restricción de derechos fundamentales.
  • 6 prompts configuran un uso de riesgo medio-alto (control de plazo, excepciones de improcedencia y prescripción, tutela de derecho, reexamen de incautación, requerimiento de sobreseimiento).
  • 1 prompt configura un uso de bajo riesgo (oposición a la constitución en actor civil).
  • Ningún prompt alcanza calidad técnica alta bajo los criterios evaluados. La mayoría califica como calidad media; tres registran calidad media-baja, con errores materiales identificados: el prompt de impedimento de salida del país reproduce el título de un auto que no corresponde a la audiencia; el prompt de control de acusación contiene una instrucción residual del prompt de terminación anticipada; los prompts extensos de juicio inmediato encadenan hasta siete resoluciones distintas en un solo documento, con alto riesgo de errores cruzados.
  • No se advierte, en la documentación disponible, evidencia de un análisis de impacto algorítmico previo —requisito operativo del DS 115-2025-PCM para sistemas de alto riesgo—, ni de un acuerdo de tratamiento reforzado con Google que garantice no-entrenamiento sobre datos judiciales, retención mínima y territorialización del procesamiento.
  • La transparencia frente a las partes procesales —informar en la instalación de cada audiencia que el borrador del acta se generará con IA— no aparece regulada, contrariando el estándar fijado por la Corte Constitucional colombiana en la Sentencia T-323/2024.

Reconocimientos y llamado

El informe reconoce como méritos institucionales de la iniciativa la publicación abierta de los prompts —hoy accesibles por vía de transparencia activa gracias a la SAIP atendida—, la fundamentación normativa expresa de la resolución, la creación de una comisión multidisciplinaria y la articulación con la línea del Poder Judicial peruano representada por el asistente CURIA.

Al mismo tiempo, el análisis propone una hoja de ruta hacia una versión 2.0 de los prompts que incorpore blindaje anti-alucinación explícito, modularización de los prompts extensos, alineación con la jurisprudencia vinculante (Casación 626-2013/Moquegua sobre prisión preventiva; Casación 147-2016/Lima sobre adecuación de plazo), cláusula estándar de trazabilidad al pie de cada acta, protocolo de supervisión humana significativa escalonado según nivel de riesgo, y régimen expreso de responsabilidad.

Ver el Informe Completo
Ver Prompts remitidos por acceso a la información pública.

Fatima Toche Vega
Iriarte & Asociados
http://iriartelaw.com