Alerta Laboral: Modificaciones al Reglamento de la Ley de Tercerización
En altas horas de la noche del día de ayer, se publicó el Decreto Supremo N° 001-2022-TR, en virtud del cual, se ha dispuesto que solo podrán tercerizarse aquellas actividades que no califiquen como «núcleo del negocio». La tercerización de dichas actividades implicará la desnaturalización de esta figura jurídica.