Alerta IA-DT: Decreto Supremo 181-2012-EF que modifica el Reglamento del IGV e ISC
Mediante el Decreto Supremo 181-2012-EF se ha procedido a modificar el Reglamento de la Ley del IGV e ISC destacando lo siguiente:
- Se modifica el artículo 9º-C, que crea el Registro, a cargo de la SUNAT, en el que deben inscribirse los operadores turísticos, siendo los requisitos para ello:
o Encontrarse incluido como agencia de viajes y Turismo en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados.
o Tener condición de habido y Activo en el RUC.
o Que el titular, representantes legales, socios o gerentes no se encuentren dentro de un proceso o no cuenten con sentencia condenatoria por delito tributario.
Si se detectara el incumplimiento de estos requisitos, se procederá a la exclusión del registro.
- Se modifica el último párrafo del artículo 9º-F, señalando que para la devolución del saldo a favor del exportador el Operador Turístico debe cumplir con:
o No tener deuda tributaria exigible coactivamente.
o Estar al día en la presentación de declaraciones, presentando con la solicitud las declaraciones de los último seis (06) meses.
- Se deroga el inciso d) del artículo 9º-A del citado reglamento.
Allinson Alán Arias
División de Derecho Tributario y Laboral
IRIARTE & ASOCIADOS
Adjunto | Tamaño |
---|---|
alerta-ia-dt-modificacion-reglamento-igv-isc | 461.92 KB |
Boletines
- Boletín Corporativo
- Boletín Cybercrimen
- Boletín Derecho Tributario
- Boletín Gobierno Electrónico
- Boletín Laboral
- Boletín Medio Ambiente
- Boletín Propiedad Intelectual / Patrimonio Cultural
- Boletín Protección de Datos Personales
- Boletín Tecnologías de la Información
- Boletín Telecomunicaciones
- Handbook
- Guías de derecho de autor
Últimos posts
-
02/08/2011 - 13:13
-
28/07/2011 - 08:24
-
27/07/2011 - 13:19
-
27/07/2011 - 13:16
-
26/07/2011 - 13:31
-
19/07/2011 - 13:35
Más...