Alerta IA-DT: Decreto Supremo 181-2012-EF que modifica el Reglamento del IGV e ISC
Mediante el Decreto Supremo 181-2012-EF se ha procedido a modificar el Reglamento de la Ley del IGV e ISC destacando lo siguiente:
- Se modifica el artículo 9º-C, que crea el Registro, a cargo de la SUNAT, en el que deben inscribirse los operadores turísticos, siendo los requisitos para ello:
o Encontrarse incluido como agencia de viajes y Turismo en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados.
o Tener condición de habido y Activo en el RUC.
o Que el titular, representantes legales, socios o gerentes no se encuentren dentro de un proceso o no cuenten con sentencia condenatoria por delito tributario.
Si se detectara el incumplimiento de estos requisitos, se procederá a la exclusión del registro.
- Se modifica el último párrafo del artículo 9º-F, señalando que para la devolución del saldo a favor del exportador el Operador Turístico debe cumplir con:
o No tener deuda tributaria exigible coactivamente.
o Estar al día en la presentación de declaraciones, presentando con la solicitud las declaraciones de los último seis (06) meses.
- Se deroga el inciso d) del artículo 9º-A del citado reglamento.
Allinson Alán Arias
División de Derecho Tributario y Laboral
IRIARTE & ASOCIADOS
Adjunto | Tamaño |
---|---|
alerta-ia-dt-modificacion-reglamento-igv-isc | 461.92 KB |
Boletines
- Boletín Corporativo
- Boletín Cybercrimen
- Boletín Derecho Tributario
- Boletín Gobierno Electrónico
- Boletín Laboral
- Boletín Medio Ambiente
- Boletín Propiedad Intelectual / Patrimonio Cultural
- Boletín Protección de Datos Personales
- Boletín Tecnologías de la Información
- Boletín Telecomunicaciones
- Handbook
- Guías de derecho de autor
Últimos posts
-
02/01/2018 - 12:11
-
31/12/2017 - 13:21
-
01/10/2017 - 19:10
-
10/08/2017 - 17:00
-
15/05/2017 - 16:32
-
16/01/2017 - 08:59
- « primera
- ‹ anterior
- …
- 9
- 10
- 11
- 12
- 13
- 14
- 15
- 16
- 17
- …
- siguiente ›
- última »
Más...