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Alerta Laboral: Medidas adicionales adoptadas por el Gobierno a razón del Coronavirus
IALaw
Área de Derecho Constitucional

Última actualización: 01 - 04 - 2020

En la última semana, el Gobierno del Perú ha emitido los siguientes lineamientos referidos al COVID-19 y vinculado a los aspectos laborales. A continuación remitimos un resumen de las medidas dictadas por el gobierno a través del Decreto de Urgencia 033-2020, para reducir el impacto económico en trabajadores y empleadores, de la declaración del Estado de Emergencia; así como comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
 

En la última semana, el Gobierno del Perú ha emitido los siguientes lineamientos referidos al COVID-19 y vinculado a los aspectos laborales. A continuación remitimos un resumen de las medidas dictadas por el gobierno a través del Decreto de Urgencia 033-2020, para reducir el impacto económico en trabajadores y empleadores, de la declaración del Estado de Emergencia; así como comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
 
 
A. DECRETO DE URGENCIA 033-2020: MEDIDAS PARA REDUCIR EL IMPACTO ECONÓMICO EN TRABAJADORES Y EMPLEADORES EN LA DECLARATORIA DEL ESTADO DE EMERGENCIA
 
I. Medidas a favor de los Trabajadores:
 
a) Autorización de retiro de hasta S/ 2400.00 soles del monto intangible de su depósito de CTS  durante la Emergencia Sanitaria (hasta el 09 de Junio) 
b) Suspensión de aporte al fondo de Jubilación administrado por las AFP por el mes de Abril de 2020 
 
II. Medidas a favor de los Empleadores
 
a) Subsidio para el pago de la Planilla:
 
El empleador recibe un subsidio por cada trabajador que genere rentas de quinta categoría, registrado en la declaración jurada la planilla electrónica de enero de 2020 y presentada al 29 de febrero de 2020
El monto del subsidio equivale al 35% de la suma de las remuneraciones brutas mensuales de los trabajadores cuya remuneración bruta mensual no fuera mayor a S/ 1,500.00 soles considerando la Planilla de Enero de 2020
No se aplica a los empleadores que a la fecha estén comprendidos en el alcance de la Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos a los que al 31 de diciembre de 2019 mantengan deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 5 UIT del año 2020 a los que tengan como titular a una persona natural o socios que hubieran sido condenados por delitos tributarios o a los que se encuentren en proceso concursal
La SUNAT determina los empleadores y los montos que recibirán de subsidio, cuyo pago se realizará por transferencia bancaria
 
 
 
B. USO DE FIRMA ELECTRÓNICA EN LA RENOVACIÓN DE CONTRATOS DE TRABAJO TEMPORAL DURANTE LA VIGENCIA DEL AISLAMIENTO SOCIAL OBLIGATORIO
 
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en atención al estado de Emergencia Nacional, ha señalado que las adendas de Renovación de los Contratos de trabajo de Naturaleza Temporal cuyo plazo se encuentre próximo a vencer durante el periodo de aislamiento social obligatorio (cuarentena) podrán ser suscritas por las partes mediante el uso de la Firma Digital u otro tipo de Firma Electrónica.  Excepcionalmente, pueden expresar su voluntad a través de la firma escaneada.
 
Liliana Jimenez Narva
División de Derecho Laboral
Iriarte & Asociados
 
IALaw
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