Alerta IA: No se podrán cortar servicios básicos, incluyendo el Internet, en fines de semana ni en días feriados

A través del Proyecto de Ley Nº 164, el Pleno de Congreso aprobó la propuesta por la que las empresas prestadoras de los servicios de agua potable, luz, telefonía, internet y gas natural, no podrán suspender o cortar tales servicios durante los fines de semana o feriados a  no ser que habiliten centros de pagos esos días para que los usuarios puedan cancelar la deuda.

El origen de la norma fueron los constantes reclamos de los usuarios quienes, tras sufrir el corte del servicio durante un viernes o feriado, se veían obligados a esperar hasta el lunes o el primer día hábil luego de los feriados en que las empresas atienden a los usuarios, para poder  realizar el pago y volver a contar con el servicio.

En un inicio, en el proyecto no figuraba el servicio de Internet, sin embargo, al sostener el congresista Yonhy Lescano que la Organización de Naciones Unidas definió a este servicio como un derecho fundamental, éste pudo incluirse en la propuesta, situación que no se pudo repetir con el servicio de televisión por cable, por considerarse su uso como diversión.

La norma señala, asimismo, que las empresas prestadoras de tales servicios también están obligadas a reconectar los mismos en un plazo máximo de 24 horas, así el procedimiento deba que hacerse en día feriado.

No obstante, las empresas prestadoras de servicios públicos, solo podrán suspender o cortar los mismos, en el caso de que se le de un uso indebido al servicio, de conformidad con las normas que emitan los organismos reguladores o para impedir la comisión de fraudes u otro tipo de prácticas ilícitas, o por causas técnicas debidamente justificadas.

 

Angie Mori

División de I + d + i

Iriarte & Asociados

 

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