Gran alboroto entre periodistas y usuarios de redes sociales ha causado la carta notarial que la primera dama, Nadine Heredia, enviara a la Revista Cosas pidiendo la no utilización de su imagen y la de sus hijos, las cuales fueron producidas especialmente para dicha publicación, para su edición por el día de la Madre. 
 
 

 
Gran alboroto entre periodistas y usuarios de redes sociales ha causado la carta notarial que la primera dama, Nadine Heredia, enviara a la Revista Cosas pidiendo la no utilización de su imagen y la de sus hijos, las cuales fueron producidas especialmente para dicha publicación, para su edición por el día de la Madre. 
 
 
Esto fue lo expresado por Nadine Heredia en su cuenta de twitter:

En resumen: la primera Dama decidió impedir el uso de su imagen y sus menores por parte de @cosasperu. Comentarios a favor y en contra se han hecho públicos en las redes sociales. Sin embargo, en este contexto, dicha acción es completamente legal y ajustada a derecho, pues el uso de imagen de una persona requiere de su autorización.
 
Así se expresa en el articulo 15 del Codigo Civil: “La imagen y la voz de una persona no pueden ser aprovechadas sin autorización expresa de ella o (…). Dicho asentimiento no es necesario cuando la utilización de la imagen y la voz se justifique por la notoriedad de la persona, por el cargo que desempeñe, por hechos de importancia o interés publico o por motivos de indole científica, didáctica o cultural y siempre que se relacione con hechos o ceremonias de interés general que se celebren en publico (…)”. 
 
En este caso la sesión de fotos fue en privado, por lo que no se puede utilizar la excepción, sino que basta con leer el primer párrafo del articulo 15, donde se señala la necesidad de contar con autorización expresa. Puesto que los padres tienen la patria potestad de sus hijos, son responsables de dar el permiso para el uso de sus imágenes. 
 
En sentido estricto Nadine Heredia no censuró una publicación sino que prohibió la utilización de su imagen y de sus hijos. Como lo hemos explicado en el párrafo anterior, esto es legal y no atenta contra la libertad de expresión. Entonces, la Revista Cosas puede publicar la entrevista, pero no las imágenes de dicha sesión en concreto.
 
Nadine Heredia justifica su decisión argumentando que se ha utilizado la entrevista con un carácter más político, y no como un homenaje a las madres por su día. 
 
Siendo así, hay que respetar el derecho consagrado en el artículo 2 inciso 7 de la constitución que dice: “Toda persona tiene derecho al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar asi como a la voz y a la imagen propias”.
 
Sin embargo y contradictoriamente a lo expresado por la Primera Dama, este gobierno si ha tenido momentos que pueden considerarse como de atentados a la prensa. Primero con la ley de #delitosinformaticos generada desde el Ejecutivo y que ha tenido que ser modificada y aun tiene como espada de damocles cuestionamiento a la prensa, como hemos señalado en múltiples artículos que se pueden revisar en este link. Segundo, este gobierno aún carga con la denominada #leychehade que busca monitorear y censurar de manera previa los contenidos en internet, que también hemos cuestionado en múltiples ocasiones como consta en nuestro archivo.
 
Con los antecedentes mencionados, es válido el temor de quienes trabajamos en temas de libertad de expresión. Sin embargo, es saludable reconocer que en esta ocasión la libertad de expresión no ha estado en peligro. Aún así, seguimos atentos.